viernes, 9 de diciembre de 2016

Rayuela
Pocas veces un general secretario expuso sin tapujos el sentir de las fuerzas armadas. Se agradece.


La plusvalía urbana y el “derecho a la ciudad”, artículo de Julio Moguel
por Redacción AN
(Foto: Archivo / Cuartoscuro)
Julio Moguel
I
Resulta sintomática la forma en que ha sido desplegado y extendido el debate en torno a un punto específico del Proyecto de Constitución presentado a la Asamblea Constituyente por Miguel Ángel Mancera, a saber: el que remite al ítem 7 del Apartado C del Artículo 21, que literalmente dice: “Los incrementos en el valor del suelo derivados del proceso de urbanización, se considerarán parte de la riqueza pública de la ciudad. La ley regulará su aprovechamiento para restaurar los ecosistemas y las zonas degradadas de la ciudad”. La discusión —enfilada en un abierto cuestionamiento— se extiende al ítem 9 del mismo artículo, que a la letra dice: “Los derechos de edificación serán administrados por el gobierno de la ciudad para distribuir equitativamente las cargas y beneficios que imponga el ordenamiento territorial, incluyendo la recuperación de las plusvalías generadas que deberán ser aplicadas en beneficio de los sectores de bajos ingresos.”
Y es sintomático debido a que el tema de las “plusvalías urbanas” y sus lógicas de apropiación constituyen, para decirlo rápido, el corazón mismo de lo que implica en el concepto o idea del denominado “derecho a la ciudad”.
¿Qué dicen algunos de los críticos del punto 7 del Apartado C del Artículo 21? Dicen que es absolutamente injusto que quien ha comprado un inmueble —un departamento, por ejemplo— no pueda beneficiarse de la plusvalía general (del incremento de valor) que el desarrollo urbano genere en el tiempo que se fija entre el día de la compra y el día de la venta; e injusto a la vez, en consecuencia, que dicha plusvalía sea apropiada por el gobierno para cualquier efecto de carácter ecológico o social.
Pues bien: tan obvia parece ser la validez de la crítica que el propio jefe de Gobierno de la CDMX, en una acción inusitada, pidió a los constituyentes que suprimiera el mencionado ítem del texto constitucional.
Ya se encargará la Asamblea Constituyente de hacer las correcciones pertinentes, pero cabe señalar en este punto que lo que sí no deberá hacer el honorable organismo es echar al foso el agua sucia con el niño.
II
¿A qué nos referimos cuando planteamos que el Constituyente no debe tirar el agua sucia con todo y niño? A que sí existe una parte de la plusvalía urbana que debe ser canalizada de una u otra forma por parte del gobierno hacia acciones y obras que beneficien a los sectores mayoritarios de la población capitalina y, de éstos, a los sectores de menores ingresos. ¿Cuál es dicha “parte de la plusvalía”? La que queda integrada en los grandes ganancias especulativas del capital financiero-inmobiliario, fuerza motora decisiva, hoy por hoy, de la desestructuración de la ciudad y del proceso de polarización urbana que empuja a no pocos núcleos urbanos hacia rangos de pobreza y de marginación que no tienen precedentes.
Dicho sea entonces de la siguiente forma: no es el pequeño o el mediano propietario del suelo –o de las edificaciones existentes o en proceso– a quien debiera afectarse con la expropiación del plusvalor de su inversión convertida en ahorro, sino a aquellos capitales de factura financiero-inmobiliaria que lucran desmedidamente con los plusvalores a futuro derivados de determinados convenios de inversión o coinversión.
III
¿Qué tipo de convenios de inversión o coinversión? Hay sin duda una buena cantidad de ejemplos a la mano, pues, por desgracia, hoy por hoy se reproducen como hongos y constituyen uno de los mayores males económico-sociales que padece la ciudad. Pero tenemos a la mano el mejor ejemplo, por fortuna rechazado y anulado en la consulta ciudadana que hace justo un año se realizó (el 6 de diciembre de 2015). Nos referimos al proyecto del Corredor Cultural Chapultepec (CCCH) en la delegación Cuauhtémoc.
¿Qué hubiera pasado si en la referida consulta hubiera ganado el “Sí” al CCCH? Hoy el área del Acueducto Chapultepec (de la Glorieta de Insurgentes a la calle de Lieja) se encontraría en plena reconformación, para beneficio de un proyecto con grandes plusvalías privadas y privatizadoras en un ciclo-base de 40 años (tal era la garantía de la concesión gubernamental) y con enormes daños a los patrimonios sociales y colectivos que conforman el espacio público en cuestión.
Un cauce bien orientado de consulta ciudadana en torno a dicho proyecto permitió, decíamos, que un rotundo “No” cosechado en las urnas (en una proporción de dos a uno) echara abajo el mencionado megaproyecto empresarial. Pero, ¿qué sucede con aquellos proyectos en curso que no se han visibilizado y proyectado hacia similares mecanismos de consulta y que simple y llanamente “van”?
¿No se requeriría que, en alguna medida, la plusvalía generada y proyectada en el mediano y largo plazos por el desarrollo financiero-inmobiliario en proceso generara un determinado beneficio económico para el resto de los habitantes de la ciudad? ¿No sería justo y pertinente que con tales recursos excedentes (parte del plusvalor a futuro calculado) pudieran ampliarse y robustecerse los programas dirigidos a limitar o reducir los procesos generados de gentrificación y polarización? ¿No sería, por lo demás, una intervención necesaria para reducir los efectos nocivos de esa capitalización desaforada que se forma en las burbujas especulativas del boom?

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