Establecería el derecho humano al líquido y dotación de 100 litros diarios por persona
Nueva ley prevé concesionar explotación de agua y permitir a IP descargas residuales
El proyecto de ley indica que el abastecimiento y saneamiento de agua deberá ampliarse de manera progresiva hasta lograr cobertura universal. En la imagen, planta tratadora en la Ciudad de MéxicoFoto José Carlo González
Roberto Garduño
Periódico La Jornada
Domingo 27 de agosto de 2017, p. 8
Domingo 27 de agosto de 2017, p. 8
La Ley General de Aguas en proceso de elaboración en la Cámara de Diputados prevé concesionar caudales nacionales y trasvases, y daría permiso a la iniciativa privada para realizar descargas de líquidos residuales.
La plataforma integrada por la Comisión de Agua Potable y Saneamiento para el análisis y diseño de la Ley General de Aguas (que sustituiría a la vigente Ley de Aguas Nacionales) establece que la obtención de concesiones o asignación de esos permisos deberá incluir estudios en materia de impacto ambiental. Por tanto, la explotación y aprovechamiento de humedales y aguas nacionales requerirá de concesión
para garantizar su gestión sustentable.
En el caso de las personas que viven en condiciones de pobreza, los tres órdenes de gobierno tendrían obligación de asignar recursos públicos y subsidios a través de programas de política social para atender a grupos vulnerables, pueblos y comunidades indígenas. El resto deberá pagar por el uso del líquido.
El documento (plataforma), que contiene recomendaciones de especialistas y de organizacines no gubernamentales relacionadas con el tema acuífero, desglosa la estructura de la próxima Ley General de Aguas en seis grandes títulos: disposiciones generales, con definición de conceptos técnicos; las atribuciones correspondientes a los tres órdenes de gobierno; evaluar la política hídrica; gestionar el uso de aguas nacionales para garantizar el acceso y uso equitativo; promover y garantizar la participación de la ciudadanía, y aplicar mecanismos de inspección y vigilancia que garanticen el cumplimiento de la ley.
El que contamina paga
En la gestión de los recursos hídricos, la nueva ley retoma el principio de subsidiariedad (participación entre sociedad, Estado y los entes privados), por la conexión entre aguas superficiales y las del subsuelo.
Por lo que hace a la distribución de competencias, correspondiente a la federación, a las entidades federativas y a los municipios, el Congreso federal estará en disposición de elaborar una ley en la que se establezca el derecho humano al agua y al saneamiento.
Sobre el citado derecho humano se advierte que toda actividad nociva a la salud será castigada, ordenando que
quien contamina pagay estaría obligado a subsanar cualquier afectación a los recursos hídricos, cuencas hidrológicas, acuíferos, bienes nacionales inherentes, zonas de recarga, ecosistemas vinculados con el agua y servicios ambientales.
Así, la plataforma para el diseño de la Ley General de Aguas, de la Comisión de Agua Potable y Saneamiento, abre la puerta a las concesiones. La actual Ley de Aguas Nacionales regula las concesiones, asignaciones y permisos de descargas de aguas residuales, al dispensar la regulación de los instrumentos administrativos. La propuesta de Ley General de Aguas incluye diversas propuestas que permitirían a particulares hacer uso del líquido en distintas áreas.
Las solicitudes para obtener concesiones o asignaciones asumen que la explotación, uso o aprovechamiento tanto de aguas como de humedales requerirá siempre de concesión, y además del estudio de impacto ambiental se requerirá de un plan de manejo para la gestión sustentable.
La Conagua estará obligada, en el proceso de otorgamiento de concesiones, a garantizar el mantenimiento del caudal, y el cumplimiento del derecho humano al agua y al saneamiento. Conagua estará en posibilidad de reducir 10 por ciento el volumen originalmente concesionado, para destinarlo al mantenimiento del caudal ecológico.
Por lo que hace a los trasvases, la plataforma para elaborar la ley recomienda autorizar las concesiones, siempre y cuando se garantice el derecho humano al agua.
En el apartado del derecho humano al uso del líquido, la dotación para una persona al día se calculará entre 50 y 100 litros diarios, con objeto de atender sus necesidades básicas de consumo personal y doméstico. Esta idea atiende al criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitido en 2014.
La cobertura universal, que trata de alcanzar la prestación total de los servicios de distribución de agua potable y saneamiento, deberá ampliarse de manera progresiva.
Por tanto, se adoptarán medidas normativas para controlar y prevenir la contaminación a través de programas e incentivos que den servicio y suministro de agua potable a hospitales, centros de salud, asilos, guarderías, instituciones de educación e investigación y centros de readaptación social.
Se prevendrá y controlará la reforestación de las zonas de recarga de los acuíferos para garantizar la disponibilidad de agua, se fomentará entre sectores público, privado y social la cultura de uso eficiente del agua y el empleo de tecnologías.
No hay comentarios:
Publicar un comentario