lunes, 28 de julio de 2014

Pese a que tomó la decisión el 21 de mayo pasado, los trabajos continúan: vecino de Xoco
Ordena tribunal a Medio Ambiente detener la obra Ciudad Progresiva
El Contencioso Administrativo determinó anular la manifestación de impacto ambiental No ha notificado a la dependencia
Consideró que ex funcionario de la Sedema debió excusarse
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La polémica torre Mitikah, que forma parte del desarrollo inmobiliario llamado Ciudad Progresiva, en el pueblo de XocoFoto Cristina Rodríguez
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Vista de una de las áreas en construcción del complejo Ciudad Progresiva, sobre Río Churubusco casi esquina con avenida UniversidadFoto Cristina Rodríguez
Alejandro Cruz Flores
 
Periódico La Jornada
Lunes 28 de julio de 2014, p. 34
El Tribunal de la Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF) determinó la nulidad de la manifestación de impacto ambiental (MIA) con la que la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema) capitalina autorizó en 2009 la construcción del proyecto Ciudad Progresiva, que incluye la denominada torre Mitikah de 60 niveles, en el pueblo de Xoco, de la delegación Benito Juárez.
La resolución de la primera sala ordinaria de esa instancia fue dictada el pasado 21 de mayo y ordena a la Sedema detener la obra; sin embargo, ésta continúa debido a que el TCADF no ha notificado el fallo a la dependencia, afirmó Oswaldo Mendoza Santana, integrante del Comité Ciudadano de Xoco.
La MIA fue elaborada por la empresa Sistemas Integrales de Gestión Ambiental (SIGEA), de la cual es socio fundador Alejandro Nyssen Ocaranza, quien como director general de Regulación Ambiental de la Sedema en el gobierno de Marcelo Ebrard Casaubon, con base en ese documento dio el aval a grupo HSBC México SA, institución de banca múltiple, Grupo Financiero HSBC, para llevar a cabo el proyecto.
En la sentencia del juicio de nulidad I.-68603/2012, de la cual se tiene copia, se establece que Nyssen Ocaranza estaba impedido para emitir la resolución administrativa SMA/DGRA/005376/2009 con la que otorga la autorización condicionada en materia de impacto ambiental para la ejecución del proyecto Ciudad Progresiva.
Lo anterior porque los demandantes presentaron pruebas de que el ahora ex funcionario fue socio fundador de SIGEA –creada en 1998 y de la que Alejandro Nyssen se separó en 2007–, encargada ante la Sedema de la información, calidad y de la veracidad contenidas en la MIA.
Posible conflicto de intereses
De hecho, el documento firmado por los magistrados José Luis Moctezuma Orozco, Jorge A. Fernández Souza y Carlos Manuel Rebolledo Busto, señala que Nyssen Ocaranza debió excusarse de intervenir en este asunto, tal como lo establece el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, ante la posibilidad de que:
“Tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta en cuarto grado… o para terceros para los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte”.
Por lo anterior, agrega la sentencia, el ex director de Regulación Ambiental de la Sedema carece de competencia para emitir actos en los procedimientos administrativos en los que intervenga SIGEA, por lo que ordena a la dependencia que realice los trámites pertinentes a efecto de que no se ejecute o se siga ejecutando el desarrollo del plan maestro de Ciudad Progresiva.
Además de la torre de 60 niveles, el proyecto ubicado en avenida Universidad 1000 y en la calle Mayorazgo 130, cuya construcción está a cargo de la empresa Ideurban, contempla la edificación de 858 mil metros cuadrados en siete etapas: seis sótanos con 11 mil cajones de estacionamiento; siete edificios, cinco para uso habitacional con 2 mil 500 departamentos, otro para oficinas, un hospital, plazas comerciales y un helipuerto.

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