Ello deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados y en congresos locales antes del 30 de junio
Si hay voluntad política todo se puede lograr, coinciden Creel y Navarrete
Con cambios de última hora, la reforma política quedó ayer en primera lectura en el Senado de la República
Víctor Ballinas y Andrea Becerril
Periódico La Jornada
Miércoles 27 de abril de 2011, p. 5
La reforma política quedó ayer en primera lectura en el Senado con cambios de última hora, entre ellos, que las candidaturas independientes puedan entrar en vigor en la elección presidencial de 2012.
Sin embargo, durante la discusión en lo particular del dictamen en comisiones, los legisladores manifestaron que ello dependerá de que se apruebe en la Cámara de Diputados y en por lo menos 17 congresos estatales antes del 30 de junio.
El propio presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el senador priísta Pedro Joaquín Coldwell, comentó que “históricamente el tiempo que se requiere para que una reforma constitucional sea aprobada en el Congreso de la Unión y en la mayoría de los congresos estatales es de dos a cuatro meses.
Por ello, no podemos garantizar las candidaturas independientes para el proceso electoral federal de 2012, ya que depende del proceso legislativo, es decir, que esta misma semana la apruebe la Cámara de Diputados y de inmediato se envíe a los congresos estatales para que antes del 30 de junio quede avalada por al menos 17 legislaturas locales, dijo Joaquín Coldwell.
No obstante ello, los senadores Santiago Creel Miranda (PAN) y Carlos Navarrete Ruiz (PRD) consideraron, en intervenciones por separado, que con voluntad política todo se puede lograr.
Durante la reunión matutina de comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos, el panista Santiago Creel propuso que las candidaturas independientes entren en vigor en 2012 y no hasta 2015, como se señalaba en el dictamen. Habiendo voluntad política no veo ningún problema para que los tiempos nos den.
Para ello, presentó una propuesta de modificación para reducir de 180 a sólo 60 días el plazo para aprobar la legislación secundaria que permita la entrada de dichas candidaturas, lo cual fue aceptado. Esto era necesario, se dijo, en virtud de que de acuerdo con la Constitución, el Congreso tendría hasta el 30 de junio de este año para aprobar las reformas de carácter electoral que pretendan aplicarse en las elecciones de 2012.
Consulta popular
También las comisiones dictaminadoras flexibilizaron ayer por la mañana la consulta popular, referida en el artículo 35 constitucional, y le eliminaron al Congreso de la Unión la facultad de autorizarla cuando los ciudadanos que la soliciten tengan un número equivalente a dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, y redujeron el requisito para que dicha consulta sea vinculante.
Sin embargo, los senadores dejaron en claro que cuando la solicitud para la realización de una consulta popular se haga por parte del Ejecutivo o del Legislativo, ésta deberá ser aprobada por la mayoría de cada cámara del Congreso de la Unión.
De igual forma hicieron una modificación al dictamen en el artículo 84 constitucional, para que en caso de falta absoluta del Presidente de la República, y si el Congreso no estuviera en sesiones, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se constituya en colegio electoral, nombre un presidente interino y expida la convocatoria a elecciones presidenciales.
Tres horas después de que el dictamen de la reforma fue aprobado en comisiones en lo particular, se envió de inmediato al pleno para que quedara de primera lectura, y en la sesión de este miércoles se discuta y apruebe.
El dictamen que quedó de primera lectura incluye la relección de senadores y diputados federales, la consulta popular y la iniciativa ciudadana, iniciativa preferente, sustitución del Presidente de la República, la ratificación de los comisionados de los órganos reguladores de Telecomunicaciones, Comisión Federal de Competencia y Comisión Nacional de Energía.
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