martes, 31 de julio de 2012

¿Constitución o prostitución? RICARDO MONREAL ÁVILA

Una vez concluido el cómputo de la elección presidencial, el paso que sigue es calificar el proceso mediante el cual se obtuvo dicha votación.

Calificar es “apreciar o determinar las cualidades o circunstancias de alguien o de algo”, “atribuir una cualidad a un sustantivo”. En este sentido, la calificación de la elección presidencial por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deberá determinar si la votación de los candidatos presidenciales se obtuvo de manera válida.

Los parámetros de esta calificación no son subjetivos: están determinados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la legislación electoral.

La coalición Movimiento Progresista ha impugnado la votación obtenida por el candidato del PRI al considerar que durante la campaña se cometieron graves violaciones a los principios constitucionales de elecciones libres y auténticas, al vulnerarse los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y, de manera especial, la equidad.

El medio predominante utilizado por el PRI fue el uso y abuso del dinero, en cantidades notoriamente superiores al límite establecido por la autoridad electoral, agravadas por el hecho de que se desconoce su origen o procedencia. Dinero que se habría utilizado básicamente para la compra o coacción del voto, lo que habría dado una ventaja ilegal e ilegítima a su candidato presidencial.

No es la primera vez que el dinero juega un papel notable en la competencia presidencial. En el año 2000, Fox financió su campaña con recursos del extranjero y aportaciones ilegales. Por ese delito, la pena que se impuso al PAN y al PVEM fue una multa de 545.1 millones de pesos; es decir, el doble de lo que se comprobó como aportaciones irregulares. Un auténtico regalo.

En ese mismo año, el PRI dispuso de 500 millones de pesos, sustraídos de Pemex a través del sindicato, por lo que se le impuso una multa de mil millones de pesos. Un verdadero suplicio por partida doble: perdía la Presidencia y perdía patrimonio.

Quienes pensamos que esas multas serían un castigo ejemplar y que el uso y abuso del dinero ilícito sería una práctica que no se volvería a repetir nos equivocamos rotundamente.

A la luz de los montos excedentes que el PRI utilizó ahora (casi el doble del Pemexgate), aquella multa tuvo un efecto pernicioso, no correctivo: lejos de inhibir la repetición de la práctica, ponerle precio al uso del dinero ilícito en la campaña se convirtió en el estímulo más poderoso para violar, vulnerar y violentar la Constitución 12 años después.

No es difícil recrear el razonamiento que justifica este comportamiento electoral delictivo: “¿Cuánto cuesta violar la Constitución si con ello se gana la Presidencia de la República? ¿Una multa de 500, mil o dos mil millones de pesos? ¡Por favor, violemos la Constitución, paguemos la multa, pero no perdamos la Presidencia, al fin que comprarla es un buen negocio!”

Si el Tribunal Electoral vuelve a dejar en una simple multa pecuniaria las violaciones graves al orden constitucional de esta elección, lo único que hará es ponerle precio a la violación de la Constitución en el año 2018. Y por si fuera poco, lo que haría también de manera involuntaria es tasar la siguiente compra de ese negocio mercantil llamado “elección presidencial”.

El PRI es un reincidente en materia de utilización de dinero ilícito en campañas presidenciales (Pemexgate en 2000 y Monexgate en 2012, para no hablar de los casos estatales y municipales). Los reincidentes no escarmientan con multas, sino con correctivos ejemplares. Deben ser correctivos que no solo castiguen a quien cometa la falta, sino que inhiban la tentación de hacer lo mismo por parte de otros actores y jugadores. ¿Cuál puede ser este correctivo ejemplar?

Acudiendo a una figura muy socorrida en estos días de competencias olímpicas, si el candidato del PRI corrió dopado o bajo los efectos de una sustancia prohibida, llamada dinero ilícito, lo que sigue de manera natural es que los jueces le retiren la medalla de oro y se declare inválida la competencia presidencial, reponiéndola bajo condiciones democráticas verdaderas que garanticen la libertad y la autenticidad de los comicios.

En síntesis, no es poca cosa lo que va a decidir el Tribunal Electoral en las próximas semanas. Más allá de quién ganó la elección, lo que en el fondo va a determinar es si la Constitución Política está por encima de la corrupción electoral o si la corrupción política se queda como la constitución real de nuestra vida pública. Constitución o prostitución electoral, he aquí la verdadera sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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