1. Porque anula la estabilidad del empleo con el pretexto de incrementar la
productividad y ganancia empresarial.
2. Porque afecta a todo tipo de trabajadores: de empresas privadas,
empleados federales, estatales, municipales y del gobierno del Distrito
Federal.
3. Porque no crea empleos, los abarata.
4. Porque facilita la imposición de bajos salarios y prolongación de jornadas
de trabajo a cambio de la permanencia en el empleo.
5. Porque condiciona la permanencia en el empleo a quién tenga mayor
productividad.
6. Porque desaparece los contratos de planta al anular la premisa de que “si
existe materia de trabajo subsiste el contrato de trabajo”.
7. Porque anula el pago de indemnizaciones por despido al prever todo tipo
de contratos temporales a pesar de la existencia de la materia de trabajo.
8. Porque permite abusos en los contratos a prueba, de capacitación inicial y
de labores discontinuas al poder repetirse continuamente al cambiar el tipo
de contrato o actividad.
9. Porque legaliza las renuncias en blanco al no prohibirlas.
10.Porque pulveriza el salario volviéndolo infinitesimal al prever los contratos
por horas que no generan el pago de prestaciones sociales ni prima de
antigüedad.
11.Porque permite exportar mano de obrar barata a través de contratos por
hora o eventuales.
12.Porque legaliza la libre subcontratación (empresas outsourcing) y anula la
responsabilidad solidaria entre las empresas que se benefician del trabajo
obrero.
13.Porque acorta el pago de los salarios caídos a un año y otorga a cambio
un interés mínimo del 2% mensual con un límite de 15 meses de salarios,
propiciando que los trabajadores sean quienes sufran la prolongación y
costos de los juicios laborales.
14.Porque permite despidos arbitrarios sin garantía de audiencia por reclamos
de clientes o proveedores de patrón.
15.Porque cancela todo tipo de protección a las trabajadoras domésticas.16.Porque permite la movilidad total del trabajador al interior del centro de
trabajo y legaliza el trabajo multihabilidades a través de tareas “conexas o
complementarias” sin el pago proporcional del salario de acuerdo al
incremento de trabajo.
17.Porque retira la obligación del patrón de la entrega personal del aviso por
escrito.
18.Porque retira la sanción al patrón de considerar el despido injustificado
cuando no entregue el aviso de despido al trabajador.
19.Porque otorga mayores facultades a las autoridades laborales para decidir
sobre el registro de sindicatos permitiendo el archivo de los expedientes.
20.Porque permite a la autoridad determinar si se estalla una huelga o no.
21.Porque permite a los patrones o terceros pedir el arbitraje obligatorio
después de sesenta días de estallada la huelga.
22.Porque permite decidir si reconoce o no a los sindicatos mayoritarios al
interior de los centros de trabajo.
23.Porque se acorazan aún más a “los contratos colectivos de protección”
para evitar la entrada de sindicatos independientes.
24.Porque permite la intromisión de los patrones para definir quién es el
sindicato mayoritario.
25.Porque se facilita la creación de los sindicatos patronales, llamados
también “sindicatos blancos”.
26.Porque evita a los trabajadores afiliarse a un sindicato cuando ingresan a
laborar al desaparecer la cláusula de exclusión por ingreso y separación.
27.Porque desaparece de la Ley Federal del Trabajo la Tabla de
Enfermedades y Riesgos de Trabajo otorgando facultades a la Secretaría
del Trabajo, con la opinión del sector obrero y empresarial su expedición y
modificación.
28.Porque permite el aumento de accidentes de trabajo condicionar el empleo
a cambio de mayor productividad.
29.Porque evade penalizar de manera efectiva conductas patronales
negligentes que afecten la salud y vida de los trabajadores en el trabajo.
30.Porque establece un régimen desigual de transparencia al no obligar al
patrón a informar sobre sus finanzas y sí a los Sindicatos.
31.Porque mantiene en perjuicio de los trabajadores la carga probatoria en
materia de riesgos de trabajo.
32.Porque es una iniciativa violatoria del principio de progresividad en materia
de derechos humanos y de garantías laborales previstas en el artículo 1º y
123 de la Constitución, así como la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Convención Americana Sobre Derechos
Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Protocolo
Adicional a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos
"Protocolo de San Salvador“ y el Convenio 87 de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) relativo a la “Libertad Sindical”.
33.Porque cancela el carácter tutelar a favor del trabajador.
34.Porque anula la bilateralidad en las relaciones de trabajo anulando la
intervención sindical.
35.Porque privatiza las relaciones laborales al dar al patrón la potestad de
decidir cumplimiento de las normas laborales de manera unilateral.
36.Porque traerá mayor pobreza a la población en general.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx Twitter: @Manuel_Fuent
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