lunes, 27 de julio de 2009

EL CORREO ILUSTRADO

Condiciones para el uso del Ejército

El Ejecutivo federal puede disponer del Ejército siempre que se cumplan tres condiciones:

1. Que haya invasión o perturbación del orden público que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

2. Que se acuda a la Comisión de Seguridad.

3. Que lo autorice el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente de conformidad con los preceptos constitucionales 29 y 129; el primero señala el procedimiento y el segundo que en tiempos de paz ninguna autoridad militar pueda ejercer más funciones que las tengan que ver con la disciplina militar.

¿Se habrá cumplido con estas formalidades?

Alejandro Ramírez

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