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jueves, 28 de enero de 2010
PGR promueve recurso ante la SCJN en contra de "bodas gay" --Miguel Cabildo S
MÉXICO, D.F., 27 de enero (apro).- La Procuraduría General de la República (PGR) interpuso hoy ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un recurso de inconstitucionalidad en contra de los matrimonios entre personas del mismo sexo y el derecho de éstas a adoptar hijos, aprobados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), a finales del año pasado.
La acción se llevó a cabo a menos de 24 horas de que venza el plazo para que cualquier entidad facultada presente sus inconformidades ante la Corte; además, quitó un peso al PAN que no pudo reunir los votos necesarios en la ALDF para interponer un recurso de inconstitucionalidad.
A través de un comunicado, la PGR señaló que la reforma a los artículos 146 y 391 del Código Civil del Distrito Federal –que regulan las figuras del matrimonio y la adopción, respectivamente--, violan los artículos 4, 14,16 ,133 constitucionales.
Esta es la segunda ocasión que la PGR promueve un recurso de inconstitucionalidad en contra de una reforma aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. La primera fue en abril de 2007, en contra de la despenalización total del aborto en la Ciudad de México. Igual acción llevó a cabo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, encabezada entonces por José Luis Soberanes. En marzo de 2009, la SCJN desechó la demanda.
De acuerdo con la PGR, la reforma de dichos artículos viola el principio de legalidad, ya que se aparta del fin constitucional de protección de la familia y de salvaguarda de los derechos de los niños.
De igual manera, la PGR señaló que la reforma que aprobó la ALDF parte de la tesis de que no existía protección legal del ejercicio de los derechos de las parejas integradas por personas del mismo sexo y que desean fundar una familia.
“Ello no es exacto, pues en el Distrito Federal existe, desde 2006, la institución jurídica de la sociedad de convivencia, que tutela prácticamente los mismos derechos que el matrimonio, salvo los relacionados con la procreación y la descendencia”, refutó la PGR.
Asimismo, insistió que la reforma se aleja del deber estatal de salvaguardar el interés superior del niño, cuya supremacía ordena la Constitución mexicana y cuyos alcances establecen los tratados internacionales y han interpretado los propios tribunales mexicanos.
“Todo lo anterior, con independencia de los conflictos jurídicos que la reforma genera en el resto de las entidades federativas que conforman la República, e incluso, frente a la Federación, además de que trastoca el sistema federal y las instituciones del derecho de la familia”, añadió.
Respecto a la adopción, prevista en el artículo 391 del Código Civil del Distrito Federal, la PGR señaló que no cumple con el principio de legalidad al no haber tomado en cuenta la supremacía del interés superior del niño, colocado por encima de cualquier otro derecho.
Además de que asegura que omitió considerar que todo menor tiene derecho al modelo de familia concebido expresamente por el Poder Constituyente Permanente en el dictamen de la reforma de 1974 a tal dispositivo constitucional.
Finalmente, la PGR señaló que con la interposición de dicha acción de inconstitucionalidad “reitera su indeclinable compromiso con la plena observancia de los derechos fundamentales de todos los mexicanos y con la vigencia de la supremacía constitucional y del estado de derecho”.
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